
Por: Aimée Boeta
En septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió como inconstitucionales los artículos 196, 198 y 199, así como la fracción segunda del artículo 224 del Código Penal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, numerales en los que se contenía la criminalización del aborto en esa entidad federativa. “Esta decisión marca un precedente para que otras legislaciones locales consideren el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dentro de su concepción sobre la criminalización del aborto.»[1]

Frente a este histórico fallo, miles de personas celebraron la victoria de mayores derechos reproductivos a las mujeres y personas con capacidad de gestar, sin embargo, una gran parte de la población confundió la extensión de la decisión de la Suprema Corte de Justicia.
En redes sociales y en algunos medios de comunicación se hablaba sobre la legalización del aborto, no obstante, lo que había discutido la Corte no había sido este tema, surgiendo de esta manera la duda, ¿cuál es la diferencia entre despenalizar y legalizar?
“Cuando hablamos de la despenalización del aborto, nos referimos a la eliminación de las sanciones a las acciones o comportamientos que son considerados delitos. Por otro lado, la legalización plantea contar con un marco legal, con una reglamentación para acceder a un aborto seguro”[2]. Aunque parezcan conceptos similares, lo cierto es que presentan diferencia que en caso del aborto, evitan que se garanticen plenamente los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar. Con la despenalización se gana terreno, pero también es necesario comprender que existen tareas pendientes al simplemente despenalizar sin legalizar el aborto.
De acuerdo con datos del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE)[3] de enero 2007 a diciembre de 2016, ha habido 531 juicios penales y 228 sentencias en toda la República Mexicana relacionadas con el aborto. Con el fallo de la Corte todas las mujeres y personas con capacidad de gestar pueden presentarse ante un juez local o federal y estos deben de tomar en cuenta que “criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”[4], dándoles a las mujeres y personas con capacidad de gestar un mayor poder de decisión sobre sus cuerpos.
Ahora bien, esta importante decisión sigue presentando fallas para garantizar la autonomía de los cuerpos de mujeres y personas con capacidad de gestar. En la actualidad el aborto no puede ser criminalizado de forma absoluta [5], pero el Estado continúa sin contraer ninguna obligación, “existiendo entonces sólo el mero privilegio al aborto y no un derecho al mismo.”[6]
Lo que significa que la práctica continúa siendo sumamente estigmatizada por la sociedad, sólo puede practicarse en seis estados de manera libre hasta las doce semanas de gestación (Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California y Colima)[7] y no se puede acceder a dicho procedimiento de forma gratuita.-
Es por ello que la legalización es tan relevante, con ella el Estado estaría adquiriendo obligaciones respecto al tema, de este modo las mujeres o personas con capacidad de gestación podrán tener plena autonomía sobre sus cuerpos sin ser estigmatizadas o revictimizadas.
Asimismo, con la legalización se encuentra la posibilidad de integrar al sistema de salud el aborto, facilitando su acceso a cientos de mujeres y personas con capacidad de gestar que son incapaces de acceder al procedimiento en un centro privado, dándole así la posibilidad a menores de edad y personas de pocos recursos en no cargar con la responsabilidad de la maternidad.
El aborto no puede ser sólo despenalizado, pues esto permite vacíos legales donde las mujeres y personas con capacidad de gestar continúan sin contar con las herramientas para acceder a un aborto seguro donde no se arriesgue su salud y su vida.
Si México quiere ser un país donde se garantice los derechos humanos y se promueva la equidad, es necesario que tome responsabilidades hacia el aborto, de lo contrario mujeres que tienen menos recursos continuaran abortando de forma insegura.
Como señalamos con anterioridad, la decisión de la Corte es sumamente importante y es un gran paso, sin embargo, es un paso incompleto que deja a millones de mujeres sin la posibilidad de elegir sobre su cuerpo y sus vidas. Tener un hijo es una enorme responsabilidad, por lo que debe de ser una elección que se tome con libertad.
[1] SCJN, Suprema Corte declara inconstitucional la criminalización total del aborto, en Comunicados de Prensa No. 271/2021, [en línea], 7 sep. 2021.
[2] Redacción, “¿Cuál es la diferencia entre legalización y despenalización del aborto?”, [en línea], en M de Mujer, 14 dic. 2021
[3] GIRE, Maternidad o castigo. La criminalización del aborto en México, 2018, pp.60-61, [en línea].
[4] SCJN, Op.Cit
[5] Ibídem
[6] MILES, «Aspectos legales ¿Despenalizar o legalizar?»,2015, pp.3 [en línea].
[7]Redacción, «Colima despenaliza el aborto; es la primera entidad en reconocer a personas gestantes», [en línea], en El Economista, 2 dic. 2021.
Lista de referencias
GIRE, Maternidad o castigo. La criminalización del aborto en México, [en línea], 2018, consultado en: https://criminalizacionporaborto.gire.org.mx/assets/pdf/Maternidad_o_castigo.pdf
MILES, Aspectos legales ¿Despenalizar o legalizar?, [en línea], 2015, consultado en: http://mileschile.cl/cms/wp-content/uploads/2019/01/Aspectos-Legales-Despenalizar-o-Legalizar.pdf
Redacción, “¿Cuál es la diferencia entre legalización y despenalización del aborto?”, [en línea], en M de Mujer, 14 dic. 2021, consultado en: https://www.mdemujer.org/cual-es-la-diferencia-entre-legalizacion-y-despenalizacion-del-aborto/
Redacción, «Colima despenaliza el aborto; es la primera entidad en reconocer a personas gestantes», en El Economista, 2 de dic. 2021 [en línea], https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Colima-despenaliza-el-aborto-es-la-primera-entidad-en-reconocer-a-personas-gestantes-20211202-0053.html
SCJN, “Suprema Corte declara inconstitucional la criminalización total del aborto”, en Comunicados de Prensa No. 271/2021, [en línea], 7 sep. 2021 https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6579

